derechos laborales que pocos conocen en Perú

Los derechos laborales que pocos conocen en Perú (y cómo ejercerlos)

A pesar de los avances legales en el campo laboral en el Perú, aún hay muchas personas que ignoran varios de los derechos que les corresponden por ley. No se trata de desconocimiento voluntario, sino de una desconexión persistente entre lo que dice la normativa y lo que ocurre en el día a día. El trabajo es más que un contrato: es una relación donde existen deberes y garantías. Y algunas de esas garantías, las más invisibles, son justamente las que pueden cambiar por completo la experiencia laboral de un trabajador.

Derecho a la desconexión digital

En plena era de los celulares corporativos, correos urgentes y grupos de WhatsApp laborales, uno de los derechos más recientes y poco conocidos es el de desconectarse del trabajo fuera del horario laboral. Desde 2021, con la Ley N.º 31246, el Perú reconoce este derecho para quienes están sujetos a una jornada laboral.

Esto significa que ningún trabajador está obligado a responder llamadas, mensajes o correos fuera de su horario. Incluso si trabaja desde casa, el tiempo libre debe respetarse.

“El empleador no podrá exigir al trabajador que se mantenga conectado fuera de su jornada”, señala expresamente la norma publicada en el diario oficial El Peruano.

Este derecho no solo busca preservar la salud mental del trabajador, sino también poner límites a una cultura laboral que glorifica el agotamiento. Aun así, pocos empleados saben que pueden negarse —con respaldo legal— a responder mensajes laborales en su tiempo de descanso.

Licencias especiales más allá de las comunes

Cuando se habla de licencias laborales, muchos piensan en las típicas vacaciones anuales o la licencia por maternidad. Pero hay otras menos conocidas que también están protegidas por ley:

Tipo de licenciaDuraciónQuiénes pueden solicitarla
Licencia por fallecimiento de familiar5 días calendarioTrabajadores con vínculo directo (padres, hijos, cónyuge, hermanos)
Licencia por paternidad10 días calendarioPadres trabajadores, desde el nacimiento del hijo
Licencia por adopción30 días calendarioPadres adoptantes de niños menores
Licencia por enfermedad grave de familiarHasta 7 díasSujetos a evaluación médica

Todas estas licencias están normadas en la Ley N.º 29783 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo) y otras disposiciones complementarias. No requieren descuentos del sueldo ni se consideran parte de las vacaciones.

Derecho al trabajo en condiciones de igualdad

Existe una idea persistente de que el salario o el acceso a ciertos beneficios pueden depender de la nacionalidad, el género o el origen étnico. La realidad es que la Constitución peruana prohíbe expresamente cualquier forma de discriminación en el empleo.

La Ley N.º 26772 garantiza la igualdad de oportunidades y sanciona a las empresas que, de forma directa o indirecta, excluyan a trabajadores por motivos distintos a sus capacidades. Aunque se trata de una garantía básica, muchas personas no saben que incluso una oferta laboral mal redactada puede ser considerada discriminatoria.

Ejemplo claro: si una empresa publica una convocatoria pidiendo “solo mujeres” o “solo varones”, está vulnerando este derecho. Lo mismo si fija un rango de edad sin justificación técnica.

Pago de horas extras no autorizadas

Existe un mito peligroso: que las horas extras solo se pagan si el empleador las aprueba. En realidad, si un trabajador permanece más allá de su horario realizando tareas laborales, tiene derecho a una compensación, así el jefe no haya dado el visto bueno por escrito.

Lo establece el Decreto Supremo N.º 007-2002-TR. Si la empresa no registra o reconoce esas horas, se expone a sanciones.

Y no solo eso. Las horas extras no pueden pagarse al mismo valor que una hora normal. Se pagan con un recargo del 25% por las dos primeras horas y del 35% por las siguientes.

Indemnización por despido arbitrario

Muchos creen que si un jefe decide despedir a un trabajador “porque sí”, eso es legal. Pero despedir sin causa justificada tiene consecuencias.

La ley laboral peruana establece que si un empleador cesa a un trabajador sin sustento válido, debe pagarle una indemnización equivalente a 1.5 remuneraciones por cada año de servicio, hasta un máximo de 12 sueldos. Este derecho está recogido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.º 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

El trabajador no necesita ir a juicio para exigir esta compensación. Puede acudir al Ministerio de Trabajo o a un centro de conciliación laboral para hacer valer su reclamo.

Derecho a la confidencialidad médica

Un aspecto poco comentado pero fundamental. Si un trabajador tiene una condición médica —física o mental— que no afecta sus funciones, no está obligado a informarla a la empresa, y esta no puede difundirla sin su consentimiento.

La Ley General de Salud y la Ley de Protección de Datos Personales (Ley N.º 29733) protegen este derecho. Cualquier revelación no autorizada constituye una infracción grave.

Esto incluye diagnósticos de salud mental, enfermedades de transmisión sexual, VIH o cualquier otra información sensible. Y no importa si fue obtenida en el examen médico pre ocupacional o durante una consulta interna: divulgarla es ilegal.

El descanso por lactancia no es solo para quienes amamantan

Un derecho que muchas trabajadoras dejan pasar por alto es el descanso por lactancia. Según el artículo 1 del Decreto Legislativo N.º 1499, toda madre trabajadora con hijos menores de un año tiene derecho a una hora diaria de permiso remunerado, independientemente de si amamanta o no.

Es decir, no importa si el bebé toma fórmula: la trabajadora tiene el derecho a salir una hora antes o ingresar una hora después. Este beneficio no es opcional ni se pierde si la empresa “no lo permite”.

Protección frente al hostigamiento laboral

Un tema incómodo, pero urgente. La Ley N.º 27942 prohíbe el hostigamiento sexual en entornos laborales, pero va más allá: establece responsabilidades claras para las empresas y da al trabajador mecanismos de denuncia que no implican necesariamente judicialización.

Las compañías con más de 20 trabajadores deben tener protocolos internos para manejar estas situaciones. Y el empleador está obligado a tomar medidas inmediatas cuando recibe una denuncia.

Si no lo hace, incurre en responsabilidad directa, y el trabajador puede acudir a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) o al Ministerio de Trabajo.

¿Y si la empresa no cumple?

Cuando un empleador ignora estos derechos, existen varios caminos disponibles. El primero es presentar una queja anónima ante la SUNAFIL, que incluso cuenta con una aplicación móvil para facilitar el proceso. También se puede acudir a la Dirección Regional de Trabajo de cada región para buscar una conciliación o denunciar formalmente la infracción.

En algunos casos, la vulneración de estos derechos puede dar lugar a una demanda laboral. Pero antes de llegar a esa etapa, el sistema contempla mecanismos previos, más rápidos y menos costosos.

Un camino hacia una cultura laboral más justa

Conocer estos derechos es el primer paso para defenderlos. Pero ejercerlos requiere, también, una cuota de valentía. No siempre es fácil enfrentar a una empresa que desconoce la ley o actúa al filo del abuso. Aun así, hay una red institucional —a veces lenta, a veces poco visible— que respalda al trabajador.

Cada vez que alguien exige lo que le corresponde por ley, aunque sea un “derecho pequeño”, está empujando a que el entorno laboral cambie. Y en un país como el Perú, donde la informalidad laboral supera el 70%, eso no es poca cosa.

Los derechos laborales no son un lujo ni una cortesía. Son parte de la dignidad del trabajo. Y aunque muchos de ellos aún no figuren en los carteles informativos de las oficinas, existen. Depende de cada trabajador saber que los tiene, y decidir cuándo hacerlos valer.

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